(Artículo publicado en la edición del 13 de Julio de 2008 de la revista PROCESO)
BRUSELAS.- Bertrand tiene 33 años y vive en Bélgica desde abril de 2006. Ingresó de manera ilegal con un pasaporte falso. Comenta que salió huyendo de la violencia étnica en su país, Costa de Marfil.
Cuando solicitó asilo político al gobierno belga, la Oficina de Extranjería la rechazó y le envió una orden de expulsión. Tenía 30 días, que ya transcurrieron, para abandonar el país de forma voluntaria.
A principios de mayo pasado, él y su mujer –embarazada de tres meses– formaron parte de un desesperado grupo de 170 inmigrantes ilegales que realizaron una huelga de hambre, refugiados en una iglesia de Bruselas. Reclamaron a las autoridades su regularización migratoria, y detener el arresto y expulsión de indocumentados. La mujer de Bertrand cayó enferma y perdió al bebé.
Bertrand –quien oculta a la prensa su nombre real por su situación migratoria– fue uno de los pocos huelguistas que obtuvo un permiso temporal de algunos meses para residir y trabajar en Bélgica. El lunes 7 inició en la Casa de América Latina otra huelga de hambre junto con 20 indocumentados originarios de Ecuador, Congo, Irán, Argelia y Nepal.
Cuando el corresponsal le pide su opinión sobre la Directiva de Retorno –que aprobó la Unión Europea el pasado 18 de junio–, el hombre se enfada: “Nos sentimos tratados como criminales sin haber cometido ningún delito. En toda Europa es igual: aplican duras políticas represivas contra nosotros. ¡Es una vergüenza que los presidentes africanos no hayan protestado como lo hicieron los de Latinoamérica!”.
Dicha directiva –que comenzó a negociarse entre los Estados miembros y el Parlamento Europeo en septiembre de 2005, con base en una propuesta de la Comisión Europea– no sólo falló en establecer niveles adecuados de protección a los derechos humanos de los inmigrantes indocumentados, sino que además otorgó “carta blanca” a los gobiernos europeos para que puedan establecer prácticas abusivas contra ellos en los procesos de expulsión, según denuncian organismos no gubernamentales.
En su informe Trends in total migrant stock, la ONU estima que en la Unión Europea (UE) hay entre 7 y 8 millones de personas sin documentos migratorios en regla. Organismos civiles calculan que medio millón de personas entran clandestinamente cada año.
Frente a ello –y a pesar de que la ONU ha advertido a la UE que necesitará acoger a 44 millones de inmigrantes en los próximos 40 años si quiere sostener su economía y sistemas de pensiones–, los gobiernos europeos, tanto de derecha como de izquierda, recurren con mayor frecuencia a las expulsiones masivas de indocumentados.
Francia, que se ha puesto a la cabeza del “combate contra la migración clandestina” tras la llegada de Nicolas Sarkozy al gobierno, expulsó a casi 24 mil extranjeros ilegales el año pasado.
Italia expulsa cada año a unas 60 mil personas, e inclusive lo hizo durante la anterior administración de centro-izquierda de Romano Prodi.
Entre 2004 y 2007, el gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero aplicó procesos de repatriación a 370 mil clandestinos (92 mil 500 expulsiones por año).
El pequeño reino de Bélgica ejecuta 14 mil repatriaciones cada año.Otro aspecto del problema: el dique que impone la UE a los solicitantes de asilo humanitario o político. Tan sólo el año pasado, los 27 países de la UE examinaron en conjunto 237 mil 985 solicitudes de este tipo. Rechazaron 137 mil 500 (casi 60%). Gran Bretaña, Francia, Suecia y Alemania, en ese orden, fueron los países que más solicitudes negaron: cerca de 100 mil.
En cambio, con la finalidad de “elevar su competitividad global”, la UE pretende revertir la actual llegada masiva de inmigrantes pobres y poco calificados (95% del total) por la de aquellos con niveles educativos superiores, a quienes se les ofrecerían todas las facilidades migratorias y laborales mediante una “cédula azul” de residencia. No obstante, un estudio interno de la Comisión Europea, fechado el pasado 20 de junio, afirma que hay 3 millones de empleos vacantes en la UE y que para ocuparlos se requieren ambos tipos de inmigrantes.
Graves abusos
La Directiva de Retorno –cuya parte central consta de 23 artículos– fija un marco regulatorio al que deben adaptarse las leyes de los países miembros de la UE, más Noruega, Islandia y, pronto, Liechtenstein y Suiza.
Defensores de derechos humanos señalan que este marco de “normas y procedimientos comunes” de expulsión presenta dos problemas principales: Por un lado, las disposiciones de la directiva son tan vagas en lo que respecta a las garantías individuales de las personas en espera de ser expulsadas, que su aplicación dependerá de la manera como las interpreten las autoridades de cada país, señala a Proceso Mathieu Beys, jurista de la asociación católica Cáritas International, que brinda apoyo legal a tales inmigrantes.
Explica: “La directiva indica que cuando se vaya a expulsar a alguien, hay que tener cuidado si es una persona vulnerable. Pongamos el ejemplo de una mujer embarazada. El texto no estipula ninguna regla concreta que, digamos, prohíba expulsar a una persona que tenga un número determinado de meses de embarazo. Eso no dice y, por lo tanto, cada Estado podrá hacer lo que quiera”.
Menciona otra potencial fuente de atropellos: “La directiva dice que hay que tener en cuenta el ‘interés superior del niño’ que será repatriado. Para empezar, no hay necesidad de una directiva para imponerlo, porque ya hay una convención internacional sobre los derechos de los niños que aplican los Estados miembros. La directiva, en este caso, no prohíbe el encierro de niños, ni precisa, por ejemplo, que no se les puede expulsar antes de que termine el año escolar. Eso sería una aportación a las leyes actuales. Pero mientras no suceda, el concepto de ‘interés superior del niño’ no querrá decir nada y, en general, la directiva tendrá un impacto muy negativo en la mayoría de los países de la UE”.
Algunas de las principales disposiciones de la directiva prolongan o permiten la aplicación de medidas muy severas. Así, a más tardar en 2010, los inmigrantes ilegales podrán ser detenidos hasta un año y medio en centros cerrados, se aceptará la eventualidad de recluirlos en cárceles antes de repatriarlos y se les prohibirá el reingreso a la UE en un período de hasta cinco años tras la expulsión.
La simple existencia de “centros cerrados” en Europa para internar a los inmigrantes ilegales que serán repatriados plantea un grave problema de derechos humanos.
Cédric Vallet, organizador de la asociación denominada Coordinación e Iniciativas por y con los Refugiados y Extranjeros, expone que en tales centros los niños no tienen derecho a ningún tipo de educación escolar porque están recluidos en una estructura equivalente a la prisión.
“Bélgica –abunda– firmó y ratificó la Convención Internacional de los Derechos del Niño en 1992, la cual indica que los pequeños no deben padecer las sanciones administrativas aplicadas a sus padres. También determina que si la detención es el último recurso, ésta debe ser lo más breve posible. Ese derecho es violado completamente por Bélgica, que desde hace algunos años encierra a cada vez más familias con niños.
”En una de las visitas a centros belgas, en enero de 2006, llegó a contar hasta 73 niños, incluyendo recién nacidos, que pueden permanecer encerrados cuatro meses o más, lo que, apunta Vallet, les deja profundos traumas psicológicos.
A principios de abril, una delegación de eurodiputados constató que se daba la misma situación en el centro danés de Sandholm, donde en los últimos siete años se suicidaron 43 internos.Pero ninguna disposición de la directiva prohíbe que tales prácticas continúen.
Contradicciones legales
Además de la convención que protege a los niños, la directiva ha sido acusada, incluso por Naciones Unidas, de violar otros pactos internacionales.
La Oficina del Alto Comisario de la ONU para los Refugiados expresó, en un comunicado de principios de junio, que no apoya la directiva porque “no garantiza un retorno con seguridad y dignidad” a los migrantes expulsados. En particular, se refiere a la violación del llamado principio de no rechazo (non refoulement) relativo a la protección de los refugiados –que forma parte de la Convención de Ginebra de 1951–, según el cual una persona no puede ser enviada de regreso a un lugar donde su vida o libertades corran peligro.
Mathieu Beys puntualiza: “La directiva dice respetar ese principio, pero excluye de su campo de protección a los refugiados que sean objeto de una demanda de extradición de su país, lo mismo que a aquellos inmigrantes que sean rechazados directamente en las fronteras de la UE, quienes pueden ser expulsados de inmediato o detenidos en centros cerrados sin que puedan acogerse a las garantías mínimas que otorga la directiva”.
Otra infracción a las leyes internacionales que comete la directiva afecta el derecho de cualquier inmigrante a interponer una demanda de asilo humanitario o político en la UE. Así, una persona que fue expulsada e impedida de regresar a la UE hasta por cinco años, no podrá ejercer su derecho al asilo en ninguna nación del bloque comunitario en caso de que la situación de su país se vuelva peligrosa debido, por ejemplo, a un conflicto bélico o a su actividad política.
También se vulneran dos documentos fundadores de la UE: el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y las Libertades Fundamentales, y el artículo 63 apartado 3 del Tratado de la Comunidad Europea, que desaprueba “cualquier instrumento de armonización”, como lo es la directiva, “si priva a los individuos de sus derechos fundamentales y civiles”.
En una carta dirigida el pasado 27 de mayo al Parlamento Europeo, la Comisión Permanente de Expertos en Derecho Internacional de la Migración, de los Refugiados y del Derecho Penal –una reconocida asociación de juristas holandeses– aseguró que la Directiva de Retorno puede ser atacada y anulada por la Corte Europea de Justicia.
Así mismo, la Corte Europea de Derechos Humanos puede examinar la directiva y formular oficialmente una condena. Ese máximo tribunal acostumbra reprobar las prácticas abusivas de los Estados miembros contra los inmigrantes. Bélgica, por ejemplo, ha sido condenada en tres ocasiones en los últimos años por casos relacionados con la detención y expulsión de menores de edad.
El 12 de octubre de 2006, el Estado belga fue sentenciado a indemnizar con 35 mil euros a Tabitha Kaniki Mitunga, una niña congoleña refugiada en Canadá, por haberla detenido ilegalmente el 18 de agosto de 2002, cuando tenía 12 años y mientras viajaba a Holanda; por infligirle tratos inhumanos y por violar su derecho a la vida privada y familiar.
El 26 de noviembre pasado, la Comisión Europea amonestó a Bélgica, Hungría, Italia, Eslovenia, Grecia y Malta por “los graves problemas” que tienen esos países para ofrecer a los demandantes de asilo “condiciones adecuadas de internamiento”, por lo que incumplían con la directiva en la materia del 27 de enero de 2003.
“Lo más deplorable es que, al preparar la Directiva de Retorno, nuestros gobernantes no consideraron esas y otras advertencias de la Corte Europea de Derechos Humanos. No sacaron ninguna lección. Ahora la directiva legitima esos abusos y, peor aún, incita a los Estados miembros a ir más lejos en tales prácticas”, concluye Beys.