La cláusula democrática del Acuerdo Global entre México y la Unión Europea es letra muerta: en 17 años que lleva de vigencia, nunca ha sido invocada a pesar de que se han disparado las violaciones a los derechos humanos en el país, sostiene un estudio publicado por el Parlamento Europeo. Así, señala, la UE privilegia los intereses comerciales sobre los derechos y libertades civiles y, antes que confrontar y sancionar a los gobiernos mexicanos, prefiere la conciliación, la cooperación y el pragmatismo político.
BRUSELAS (Proceso).- A pesar de las graves y crecientes violaciones a los derechos humanos en México –las cuales han sido documentadas y denunciadas por organizaciones internacionales como la ONU o la Comisión Interamericana de Derechos Humanos–, la llamada cláusula democrática del Acuerdo Global entre México y la Unión Europea (UE) nunca ha sido activada en sus casi 17 años de vigencia.
“La cláusula democrática del Acuerdo Global México-UE exige el respeto de los derechos humanos fundamentales. Aunque una medida de sanción puede ser invocada si son violados tales derechos, ello nunca ha sucedido. En su lugar, las violaciones a los derechos humanos en México han sido abordados a través del diálogo político”, así lo expone un estudio que trata los efectos de la cláusula democrática de dicho acuerdo bilateral y que fue publicado el pasado 10 de febrero por la Unidad de Evaluaciones de Impacto del Servicio de Investigaciones del Parlamento Europeo.
El estudio, del cual obtuvo una copia Proceso, es definitivo en su conclusión: el dispositivo institucional de monitoreo para la correcta aplicación del acuerdo euromexicano “es bastante amplio en términos generales, pero ha observado insuficientemente el respeto a los derechos humanos”.
Elaborado por la investigadora de la Universidad Libre de Bruselas y exasesora de la Comisión Europea, Isabelle Ioannides, a petición del Comité de Comercio Internacional y del Subcomité de Derechos Humanos del Parlamento Europeo, el estudio destaca por ser el primero que emprende un balance exclusivamente consagrado a la cláusula democrática europea en el caso mexicano y que cuenta con el aval de una institución de la UE.
Desde que el acuerdo bilateral entró en vigor en 2000, y conforme la violencia en México derivada de la guerra contra el narcotráfico se fue extendiendo al grado de generar acusaciones por presuntos crímenes de lesa humanidad en la Corte Penal Internacional de La Haya, las exigencias de organizaciones defensoras de derechos humanos para que tal cláusula fuera utilizada urgentemente por la UE subieron de tono.
Luego de años de insistencia fallida, la fuerza de esos clamores cayó notablemente y sólo ha reaparecido con menor intensidad en el contexto de las negociaciones para la actualización del acuerdo global que arrancaron a mediados del año pasado.
El reporte advierte que es “difícil” establecer cuál ha sido el impacto concreto de la cláusula democrática en la situación actual del país en derechos humanos, ya que el gobierno mexicano –refiere– pudo haber adoptado reformas en la materia por iniciativa propia y con el afán de mejorar el clima de negocios, o como resultado del conjunto de los compromisos asumidos en el conjunto de tratados de libre comercio que ha firmado y no únicamente por el europeo.
Sin embargo, no sólo asegura que es “importante” que la UE produzca declaraciones políticas en sus reuniones con las autoridades mexicanas porque así “se podría ejercer más presión” sobre ellos para que implementen sus principales reformas de protección a los derechos humanos, sino que también se deben poner en marcha “mecanismos de monitoreo más eficientes” en ese rubro.
A ese respecto, el reporte menciona la posibilidad de crear un mecanismo de evaluaciones periódicas y otro que trate las preocupaciones y denuncias de la sociedad civil, o que se establezca un comité permanente de derechos humanos que vigile el cumplimiento de las obligaciones de las partes en este punto. Puntualiza el reporte: “Esta última sugerencia fue apoyada por el Parlamento Europeo, pero rechazada por la Comisión Europea, argumentando que los existentes mecanismos de monitoreo son suficientes”.
Monitoreo insuficiente
Existe un marco formal para vigilar y evaluar la implementación del acuerdo bilateral, incluyendo el respeto de los derechos humanos por ambas partes. La institución fundamental es el Consejo Conjunto, en el que cada dos años se reúnen para tomar decisiones vinculantes los máximos representantes del gobierno mexicano y de la UE, y su derivación es el Comité Conjunto, un órgano de asistencia con encuentros anuales. En ambos casos, los encuentros no son públicos.
Otra institución de monitoreo del acuerdo es el Comité Parlamentario Mixto, el cual conforman legisladores mexicanos y diputados del Parlamento Europeo. Por otro lado, dentro del pilar del diálogo político las partes instituyeron “cumbres” bilaterales cada dos años (la última tuvo lugar en junio de 2015 en Bruselas), y “diálogos de alto nivel”, uno de ellos anual en materia de derechos humanos.
Sin embargo, a pesar de los cuestionamientos internacionales en torno a la deficiente situación de los derechos humanos en México, el reporte expone que los comunicados conjuntos emitidos desde 2001 hasta la fecha por tales órganos “muestran un tono más que nada conciliatorio, y que el propósito último de estas reuniones es cimentar la cooperación” y no “señalar con el dedo las debilidades del otro”.
En particular, prosigue el documento, “ninguna de las decisiones” publicadas por el Consejo y el Comité Conjuntos “concierne a temas de derechos humanos”; éstas se refieren a aspectos del acuerdo sobre mercancías, liberalización del comercio de servicios y de inversiones, derechos de propiedad intelectual y métodos para la resolución de disputas.
Además, los comunicados de prensa divulgados tras las reuniones de esos mismos órganos de seguimiento –que fueron siete, en el caso del Consejo Conjunto– “revelan que éstas se enfocaron básicamente en los beneficios económicos del acuerdo para ambas partes, en lugar de su impacto sobre la sociedad en general y el respeto de los derechos humanos más específicamente”, acusa el reporte.
En el encuentro del Consejo Conjunto celebrado en febrero de 2012, los europeos abordaron cuestiones de seguridad y enfatizaron que debía aumentar la cooperación en el combate al narcotráfico en México, pero lo hicieron de manera “diplomática” y “usando un lenguaje neutral” que, advierte el reporte, “no ejerce la necesaria presión para tomar acciones”.
El diálogo político entre México y la UE –suscrito en el artículo 3 del acuerdo global y sustentado en la cláusula democrática– “es un instrumento para expresar posiciones cuando suceda un evento en alguna de las partes que despierte la preocupación internacional”, explica el reporte.
Hay dos diálogos de alto nivel donde se monitorean los derechos humanos: uno específico y otro sobre Seguridad Pública y Justicia, el cual tuvo lugar por primera vez en 2011 en el contexto del incremento de los niveles de violencia en México.
“La evidencia –menciona el reporte–indica que la UE ha tomado un enfoque pragmático y constructivo en la implementación de los principios de la cláusula democrática”. Los europeos, prosigue el reporte, han preferido ejercer presión política expresando sus posturas a través de “declaraciones”, y cita como ejemplos las ocasiones en que la Delegación de la UE en México evocó la cláusula en 2014 a raíz del asesinato del periodista Gregorio Jiménez y luego tras la desaparición de los 43 estudiantes de Ayotzinapa.
Por lo anterior, el reporte hace eco de aquellos “expertos” quienes reclaman una posición más firme de la UE contra las autoridades mexicanas por las violaciones de derechos humanos, aunque también refiere que en general sus fuentes opinan que el gobierno “ha sido receptivo” frente a las preocupaciones europeas tal como las ha expresado.
Pocas resoluciones
El reporte considera que la citada Comisión Parlamentaria Mixta México-UE ha realizado un seguimiento “muy constante” respecto a la protección y promoción de los derechos humanos desde su primera cita en septiembre de 2005, y afirma que ésta “ha empujado a las partes a tomar acciones concretas para mejorar la eficiente protección” de esos mismos derechos.
Sus observaciones, no obstante, no son de cumplimiento obligatorio.
Plantea que, según sus declaraciones conjuntas, en más de 20 ediciones de ese foro se han discutido “temas tan sensibles” como la violencia contra las mujeres, la protección de los defensores de derechos humanos y los periodistas, la migración y las políticas fronterizas, la impunidad, la corrupción y la debilidad del sistema judicial mexicano, así como la situación de violencia en el país, el combate al narcotráfico y su impacto sobre la sociedad.
El reporte, sin embargo, no menciona que principalmente el grupo del Partido Popular Europeo, el mayoritario, y eurodiputados de otras formaciones han operado para suavizar o acallar los cuestionamientos y las acusaciones por violaciones de derechos humanos contra sucesivos gobiernos mexicanos de parte del ala izquierda del Parlamento Europeo, en particular los verdes.
Lo que sí expone el reporte es que el Comité Parlamentario Mixto “ha respaldado al gobierno mexicano en sus esfuerzos para establecer un marco legal que pueda confrontar las variadas facetas de la protección de los derechos humanos”.
Aun así, pocas discusiones del Parlamento Europeo sobre derechos humanos en México han llegado a convertirse en una “resolución” donde la institución expresa un posicionamiento político tras una fase de debates internos y luego una votación de la plenaria.
El reporte apunta que el mayor número de resoluciones del Parlamento Europeo específicamente acerca de México datan de la legislatura 1994-1999 y versan sobre la violencia en Chiapas, tras el alzamiento zapatista, y en Guerrero. Salvo una resolución de octubre de 2007 sobre feminicidios, otra de marzo de 2010 sobre la escalada de violencia –ambas por iniciativa del eurodiputado verde Raül Romeva–, y una de octubre de 2014 en torno a los 43 estudiantes desaparecidos de Ayotzinapa, México sólo es nombrado de manera amplia en otras 20 resoluciones en relación con temáticas de atención mundial discutidas también, por ejemplo, en la ONU.
Es decir que, desde que entró en funcionamiento de la cláusula democrática hace 17 años y pese a la degradación de los derechos humanos en México, el Parlamento Europeo únicamente ha emitido tres resoluciones expresando alguna preocupación al respecto.
Peor aún, Proceso reportó en su momento que la resolución de los feminicidios de 2007 tuvo que ser tratada como un problema regional para que los partidos mayoritarios la aprobaran; tres años más tarde aquella sobre la escalada de violencia eliminó de la versión final los señalamientos contra los militares por presiones de la embajada mexicana a través del grupo del Partido Popular Europeo, y la de 2014 sobre los sucesos de Ayotzinapa no fue asumida por los verdes y otra fuerza de izquierda por juzgar que evadía la responsabilidad del Estado mexicano en los hechos.
*Este reportaje se publicó en la edición 2111 de la revista Proceso del 16 de abril de 2017.Aquí el texto original➜