LA HAYA.- En nombre de 23 mil ciudadanos mexicanos, el jurista Netzaí Sandoval entregó este 25 de noviembre a la Fiscalía de la Corte Penal Internacional (CPI) un expediente en el que se acusa al presidente Felipe Calderón de crímenes de guerra y de lesa humanidad.
En la denuncia también se incluyen los nombres de los secretarios de la Defensa Nacional, Guillermo Galván Galván; de Seguridad Pública, Genaro García Luna, y de Marina; Francisco Saynez Mendoza, así como del narcotraficante Joaquín El Chapo Guzmán, entre otros personajes públicos cuyos nombres no fueron revelados.
En una reunión con el personal de la Fiscalía –que duró 40 minutos–, el abogado mexicano entregó un expediente (“comunicación de información”) que consta de 700 páginas en papel y muchas más en formato digital, en las que se documentan 470 casos de presuntos abusos y violaciones a los derechos humanos cometidos durante este sexenio, en el marco de la guerra contra el narcotráfico.
La Fiscalía tendrá ahora que comenzar el análisis de la información proporcionada por Sandoval y, en caso de encontrar elementos probatorios de la acusación, podría abrir una investigación, tras la cual eventualmente podría entablar responsabilidades penales contra los inculpados.
Todo este proceso podría tomar años, explica el abogado mexicano, quien solicitó a la Fiscalía un tratamiento del caso de México similar al de Colombia y Honduras, en los cuales decidió arrancar un procedimiento, aunque todavía no haya fijado acusaciones penales.
“Lo que estamos pidiendo a la CPI –dijo Sandoval a Apro– es que aplique lo que en derecho internacional se llama principio de congruencia: si en Colombia hay una situación grave y en Honduras menos grave, y en ambos casos se abrió una investigación preliminar, entonces en consecuencia la Corte debe abrir una investigación del mismo tipo en México”.
Además, la acusación mexicana también instó a la Fiscalía a que le pida informaciones al gobierno mexicano.
El fiscal podría también determinar, tras el análisis de los documentos proporcionados, que la investigación no procede, lo que no impediría que en un futuro pudieran plantearse ante la CPI acusaciones parecidas, siempre y cuando aportaran nuevos elementos. Una decisión de la fiscalía en esa dirección se conocería en los próximos meses.
El abogado mexicano proporcionó a esta agencia el índice del expediente, el cual permanecerá abierto de tal modo que puedan sumarse a la causa nuevos testimonios y denuncias. Entre otros puntos de tal índice, uno describe el “contexto” de la situación en México. Enlista “homicidios, desplazamientos, desapariciones forzadas, control y poder del crimen organizado, cierre de escuelas, conflicto armado e impunidad”.
Otro punto aborda “los actos concretos que constituyen crímenes de guerra y de lesa humanidad”. por un lado, se mencionan aquellos “imputables al gobierno federal: violaciones sexuales por parte del ejército, esclavización de migrantes por parte del gobierno federal, homicidios en contra de civiles en retenes militares, desapariciones forzadas por parte del ejército, homicidios en contra de civiles y su intento de encubrimiento, tortura como mecanismo para lograr inculpaciones”.
También “ejecuciones extrajudiciales, falta de protección a las víctimas, y ataque sistemático como modus operandi utilizado por el ejército, la Marina y las policías federales para violar derechos humanos”.
En cuanto a los “actos imputables a los narcotraficantes”, se refiere a los “ataques a hospitales, ataques a centros de rehabilitación, amputaciones, ataques a civiles, reclutamiento de niños menores de 15 años y narcofosas”.
Dedica igualmente un capítulo a la “libertad de expresión amenazada”: hace un recuento de los asesinatos y desaparición de periodistas y la autocensura existente en el país, y para ejemplificar exhibe la firma del Acuerdo para la cobertura informativa de la violencia, encabezado, dice el documento, “por el monopolio de las comunicaciones nacionales”.
Según los estatutos de la CPI, el fiscal puede abrir una investigación sometida por un Estado asociado o por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, pero también puede hacerlo “por iniciativa propia si recibe información de crímenes que puede juzgar la CPI por parte de personas u organizaciones”.
Hasta ahora la CPI ha abierto 13 expedientes referentes a 7 países: Uganda, República Democrática de Congo, República Centroafricana, Sudán, Libia, Kenia y Costa de Marfil.
En una charla posterior a la entrega de la demanda, Sandoval replicó los planteamientos oficiales que juzgan innecesaria la intervención de la CPI.
“En México –explica– no están tipificados los delitos de desaparición forzada, los crímenes de guerra y de lesa humanidad. Hay una imposibilidad jurídica que contempla el Estatuto de Roma de la CPI. Prevé que si un país no puede juzgar ciertos delitos, entonces ella es competente para hacerlo. Aunque se legislara y se pusieran en vigor esos delitos en México, en derecho existe el principio de no retroactividad de las leyes penales, por lo que no se podrían de todos modos juzgar los crímenes cometidos (durante este sexenio). Por esa razón, en el caso mexicano es aplicable el principio de complementaridad de la CPI”.
Señala que la responsabilidad penal del presidente Calderón no está vinculada con un acto de orden expresa de cometer los crímenes por los que se solicita investigar a la CPI.
Expone el jurista:
“El Estatuto de Roma (que crea la CPI) no sanciona solamente las órdenes. Su artículo 28 establece la responsabilidad de los mandos. Los mandos militares, pero en general quien detenta un poder de mando de las fuerzas combatientes, no solo tienen la obligación de no dar órdenes de cometer acciones que violen el derecho internacional humanitario. También tienen la obligación de tomar medidas para evitar que se cometan esas violaciones y de sancionar a quienes las cometan. Si los mandos superiores no sancionan a sus subordinados que cometieron esos actos, ellos son penalmente responsables. En México hay un solo soldado que está en prisión responsabilizado por un crimen. A los responsables del Instituto Nacional de Migración de haber participado en la venta y secuestro de migrantes deberían estar en prisión; es insultante que el gobierno diga que la sanción para esas personas que están esclavizando a personas es el despido. Es ese clima de impunidad, imputable al presidente Calderón, que está generando toda la violencia”.
En relación a la ausencia en México de un contexto de guerra reconocido jurídicamente por el derecho internacional, como lo expone el gobierno para denostar la comunicación a la CPI, Sandoval precisa:
“A grosso modo, el derecho internacional prevé dos tipos de conflictos armados: los internacionales, donde hay dos soberanías en conflicto; y los conflictos armados de índole no internacional, que no requieren de una declaración de guerra, no se necesita que públicamente se reconozca que existe una guerra. Tampoco se requieren estas cosas anticuadas, que todavía se mencionan, como el reconocimiento de parte beligerante. Eso, en derecho internacional humanitario y penal ya ni existe. Es un término político, diplomático, que usan ciertos gobiernos para darle legitimidad a un grupo; es una cuestión más ideológica, como cuando el presidente venezolano Hugo Chávez reconoce a las FARC de Colombia.
“Ahora bien –continúa Sandoval–, el enfrentamiento interno debe tener ciertas características para ser considerado una guerra: que los grupos enfrentados cuenten con estructuras, jerarquías, mandos. Se tratan de excluir de esta categoría las rebeliones populares. Así, los cárteles sí tienen esas estraucturas de mando permanente. En el caso de Colombia, que ya está en estudio preliminar por la CPI, uno de los actores fundamentales del conflicto son los cárteles de la droga. Entonces, en derecho penal internacional puede acusarse a Calderón de crímenes de guerra porque existe en México un conflicto armado no internacional”.
(Artículo publicado parcialmente el 25 de Noviembre por la Agencia PROCESO)