Negociaciones México-UE: una cláusula democrática “confidencial”

BRUSELAS (apro).- Contrasta el tratamiento diferenciado que en Europa se le ha dado a las rondas de renegociaciones comerciales y políticas del acuerdo global entre México y la Unión Europea (UE).

Mientras las comerciales fueron más o menos conocidas por el público y la prensa, las políticas, dentro de las cuales se discutió la importante cláusula democrática, destacaron por su hermetismo.

La Dirección General de Comercio de la Comisión Europea (DG Trade, en el argot de la UE) decidió publicar sus propuestas comerciales a México.

Ello como parte de su programa “Transparencia en acción”, mediante el cual, a partir de octubre de 2015, se pusieron a disposición de la sociedad los documentos relativos a las negociaciones internacionales, incluyendo aquellas “en marcha” con países terceros, no sólo de acuerdos ya finalizados.

Desde que comenzó la primera ronda de negociaciones con México, el 13 de junio de 2017 en Bruselas, hasta el 25 de enero último, la DG Trade hizo públicas nada menos que 35 propuestas comerciales en diferentes áreas y divulgó los reportes de actualización de la primera a la sexta ronda de negociaciones.

Basta con entrar a una página de Internet creada por la DG Trade para que cualquier ciudadano o periodista pueda acceder a los documentos.

Por otro lado, el secretario de Economía de México, Ildefonso Guajardo, y la comisaria europea de Comercio, Cecilia Malmström, han ofrecido conferencias de prensa en México y en Bruselas, juntos y por separado, para informar de los avances de la modernización del acuerdo.

Ha sido un hecho que la parte comercial ha acaparado la atención mediática y concentrado la oferta de información gubernamental mexicana y europea.

No fue para nada el caso de las seis rondas de negociaciones políticas y de desarrollo en las que se discutió la cláusula democrática, y cuyos negociadores europeos fueron principalmente funcionarios del Servicio Europeo de Acción Exterior (SEAE).

El acceso a las propuestas presentadas por la UE ha sido completamente bloqueado, así como los posibles reportes que se produjeron.

Sólo existen comunicados de prensa que han sido emitidos en conjunto por el SEAE y la Secretaría de Relaciones Exteriores de México en los que evaden el tema con generalidades de los asuntos abordados

El comunicado de la última ronda de negociaciones, realizadas el 29 y 30 de noviembre en la Ciudad de México, únicamente plantea que “ambas delegaciones llegaron a un acuerdo en todos los temas políticos y de cooperación que no están relacionados con las negociaciones comerciales y de inversión aún en curso”.

Y más para abrazarse diplomáticamente que para rendir cuentas de sus conversaciones, se añade que “concluir la negociación del marco jurídico bilateral permitirá a ambas partes profundizar y ampliar su asociación estratégica, basada en los valores compartidos de democracia, respeto de los derechos humanos, el Estado de derecho, el libre comercio, el desarrollo sostenible y la cooperación internacional para la paz y la seguridad”.

Ni siquiera los eurodiputados han tenido acceso a la cláusula democrática que propuso la parte europea o la que quedó en el texto final, y sólo lo podrán tener cuando el Parlamento Europeo deba aprobar el acuerdo en su totalidad, según ha comentado el eurodiputado verde Josep María Terricabras.

Tampoco han tenido esa oportunidad los activistas de derechos humanos basados en Bruselas y que siguen las negociaciones.

“El SEAE nos ha consultado, nos ha pedido que presentemos propuestas, pero no nos ha dado detalles del texto que negociaron”, comenta a este columnista Miguel Martín Zumalacárregui, consejero del Observatorio de Derechos Humanos de la Organización Mundial contra la Tortura.

En ese contexto, y con base en la Regulación 1049/2001 de la UE sobre el derecho de acceso a los documentos de sus instituciones, este columnista solicitó formalmente el 18 de diciembre las propuestas o cualquier otro documento relativo a la renegociación de la cláusula democrática.

Dentro de los plazos permitidos (15 días, que se prorrogaron otros 15), el 8 de febrero este corresponsal recibió una respuesta oficial firmada por Gabriele Visentin, jefe de división de la unidad de asuntos parlamentarios del SEAE.

Esa institución, señala la respuesta, identificó varios “textos revisados” que fueron preparados antes de las rondas de negociaciones del 15 de mayo, 10 de julio, 6 de octubre y 29-30 de noviembre de 2017. También ubicó “reportes” realizados después de esas rondas de negociación.

Esos documentos, precisó el SEAE, “son de naturaleza confidencial. Reflejan el proceso de las negociaciones en marcha, que se llevan a cabo en un formato restringido. Revelarlos al público, en este momento, correría el riesgo de socavar la naturaleza del proceso de toma de decisiones, así como nuestras relaciones con México”.

Por lo tanto, concluye el organismo, “lamento informarle que no estamos en posición de revelar esos documentos en este momento, ni en su totalidad ni parcialmente, de conformidad con los artículos 4(1)(a) línea 3 y 4(3) de la Regulación 1049/2001”.

Helen Darbishire, directora ejecutiva de Access Info, una reconocida organización independiente que defiende el derecho a la información en Europa, afirma que tal respuesta del SEAE no es satisfactoria, ya que no explica por qué la información puede dañar las relaciones con México y no pondera el interés público sobre el supuesto daño cometido.

“Pareciera que toda negociación internacional de la UE está fuera del alcance del derecho al acceso de la información”, explica Darbishire.

Los defensores de derechos humanos en Bruselas temen que la cláusula democrática que fue ya adoptada sea una de tipo “estándar”, es decir como las aplicadas por la UE en sus últimos acuerdos, que no satisfacen las urgentes necesidades para un caso como el mexicano.

Miguel Martín es muy claro al respecto. Señala: “Tememos que básicamente se trate de una réplica del modelo de cláusula democrática que existe hasta ahora, como el que hay en el acuerdo con Colombia, que sea sólo un principio rector sin forma de aplicarse en los hechos; sin mecanismos para darle seguimiento”.

El peor escenario podría cumplirse: que tan esencial cláusula se quede en “papel mojado”…como la que reemplazará.

*Esta columna Europafocus fue publicada el 22 de febrero de 2018 en el portal de la revista PROCESO.
Lee aquí el texto original➔