BRUSELAS (apro).- La Corte Penal Internacional (CPI) de La Haya examina, desde hace más de cinco años, las acusaciones que pesan contra los presidentes Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto (y altos funcionarios), así como contra el narcotraficante Joaquín “El Chapo” Guzmán, por presuntos crímenes de lesa humanidad cometidos en el marco de la guerra contra el crimen organizado.
No es una buena señal para los demandantes que después de tanto tiempo la fiscal Fatou Bensouda todavía no decida si procede un examen preliminar del caso mexicano –que podría dar paso a una investigación posterior– o si desecha las imputaciones.
Hasta ahora se sabe públicamente que la fiscalía de la CPI ha recibido varias “comunicaciones” de hechos susceptibles de caer en su jurisprudencia (algo más o menos comparable a una denuncia): dos por parte de la Federación Internacional de Derechos Humanos (FIDH) y otras organizaciones –la primera en octubre de 2012 y la segunda en septiembre de 2014–; una más que entregó el abogado mexicano Netzaí Sandoval en representación de varias ONG y personas en noviembre de 2011 –en la que documentó 470 casos de presuntos crímenes contra la humanidad–, y aquella que tramitó el exgobernador de Coahuila, Humberto Moreira, en noviembre de 2012.
Como lo reportó la agencia Apro, el 12 de julio pasado también el empresario Santana Armando Guadiana Tijerina entregó una “comunicación” contra el exgobernador Moreira y otros funcionarios del estado de Coahuila por “participar de manera activa en los crímenes de lesa humanidad” perpetrados en las masacres de la localidad de Allende y del Penal de Piedras Negras en marzo de 2011.
De acuerdo con varias notas de prensa, en octubre del año pasado el excandidato independiente a la gubernatura de Veracruz, Elías Miguel Moreno Brizuela, anunció igualmente su intención de acusar en La Haya al exgobernador Javier Duarte, actualmente prófugo de la justicia, por diversos cargos, incluida la desaparición forzada de al menos 27 personas. En esa ocasión Moreno declaró equivocadamente que a la par de una investigación solicitaría a la CPI la intervención en Veracruz de una Fuerza de Paz –algo fuera de la competencia de la corte– y que había entregado primero su denuncia a la Presidencia mexicana por tratarse de un “requisito protocolario”, lo que tampoco es correcto.
El número exacto de “comunicaciones” y la identidad de los acusados es información confidencial para la CPI, que así ofrece de su parte cierta protección a los denunciantes y a las víctimas, quienes individualmente pueden decidir si divulgan o no su reclamo.
Mariana Peña sigue con detenimiento el caso mexicano desde La Haya. Peña es abogada del proyecto de justicia internacional de la Open Society Justice Iniciative, una organización que forma parte de la Coalición por la CPI, una plataforma que agrupa a 2 mil 500 ONG de todo el mundo y que aboga por una CPI “independiente, transparente y efectiva”.
En una conversación con este columnista, Peña –quien anteriormente fue representante legal ante la CPI de un grupo de víctimas de crímenes de lesa humanidad cometidos en Kenia y representante permanente de la mencionada FIDH ante el mismo organismo– expone su análisis sobre el silencio que rodea el caso de México en La Haya.
Sobre la dificultad del expediente mexicano insiste en un aspecto que advierten diversos juristas desde un principio: “El caso se enfoca en saber si en México se cometieron o no crímenes de lesa humanidad, los cuales son jurídicamente distintos a las violaciones de derechos humanos. Una violación de derechos humanos puede ser un crimen de lesa humanidad, pero no al revés. El concepto de la primera es muy amplio y el de la segunda es muy técnico y específico. El elemento central es demostrar que ha habido una política de comisión de tales crímenes, que éstos no son cometidos al azar ni son producto de la criminalidad. En ese punto estriba la dificultad del caso mexicano”.
Acerca del peso de las pruebas presentadas a la fiscalía, expone:
“Las organizaciones (de derechos humanos) tienen una perspectiva del tipo de elementos que la corte necesita para abrir un examen preliminar. Con buena voluntad ha traído a conocimiento de la corte ciertos actos (de violaciones a las garantías individuales) pensando que la información suministrada era suficiente para llegar a una decisión. Pero nos encontramos con la sorpresa de que la corte es más estricta en su análisis.
“Sabemos que hubo comunicaciones –prosigue Peña–, pero oficialmente la CPI no da ninguna información sobre México. Esa ausencia de información nos indica que por el momento no hay interés, o las comunicaciones no llegan al umbral (grado) requerido, o hay presiones políticas (por parte del gobierno mexicano), de lo cual no tenemos pruebas. El silencio de la corte nos hace pensar que no está para nada cerca de abordar el caso de México como situación”.
Para la jurista, la corte está entrampada en su propio funcionamiento.
Explica: “(En el estado actual de las cosas), la corte no tiene facultades para realizar investigaciones en México. No puede enviar personal de investigación para analizar lo que sería una escena de crimen o hacer trabajo forense. Tampoco puede solicitar información al gobierno mexicano. En este momento la corte únicamente puede consultar informaciones de acceso público: búsquedas en Google, informes de ONG, notas periodísticas… La CPI quizás no llegue a tener la información que necesita (mediante las comunicaciones), pero tampoco la puede obtener de aquella públicamente disponible. Está limitada en su acceso a la información, la cual es en definitiva un elemento esencial para poder llegar a una conclusión acerca de si debe o no abrir una análisis preliminar sobre México”.
Peña narró un episodio que confirma la posición “negacionista” del gobierno mexicano cuando se le acusa de infringir sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos.
“En noviembre de 2015 –relata– tuvo lugar la Asamblea de los Estados Parte de la CPI. En una parte de la reunión las organizaciones (no gubernamentales) pueden hacer una declaración. En nuestra delegación había una activista del Centro Pro, quien llamó la atención sobre la situación de México y preguntó que, si la corte no había sido creada para abordar situaciones como la de México, entonces para qué. Tras esa declaración, el gobierno mexicano sintió la necesidad de responder, lo cual no es habitual en esas reuniones: los gobiernos no responden a las declaraciones de las ONG. Se sintieron atacados y se defendieron con argumentos que ya hemos escuchado: la cantidad de reformas que está haciendo, la capacidad de México para lidiar con este tema y que las violaciones a los derechos humanos son producto del crimen organizado”.
Desde el punto de vista de la entrevistada, hay que dimensionar correctamente la trascendencia de la corte.
“Más allá de lo que suceda con la CPI –expone–, hay una obligación del gobierno mexicano de investigar estos casos (los planteados en las comunicaciones). Por experiencia personal, habiendo trabajado en muchos otros casos de países miembros de la corte, puedo decir que ésta puede ocuparse de pocos casos. Es una corte que está ubicada muy lejos, lo cual no es bueno para las víctimas ni para la misma corte, que así no puede llegar al tipo de evidencias que necesita, además de que es muy costosa en tiempo y dinero”.
Pero matiza antes de terminar su explicación: “No hay que olvidarse tampoco de la CPI. Su peso más importante está en la amenaza que representa. Su importancia radica en que es una sombra. Y es que finalmente estos procesos en La Haya sirven de muy poco si el país no está reforzando el estado de derecho a nivel nacional”.
*Esta columna Europafocus fue publicada el 25 de enero de 2017 en el portal de la revista PROCESO.Lee aquí el texto original➠