BRUSELAS (apro).- El 9 de septiembre de 2006, el fotógrafo y periodista finlandés Markus Veikko Pentikäinen, entonces de 26 años, recibió la orden de efectuar la cobertura de la manifestación contra la Cumbre Asia-Europa en Helsinki.
(Artículo publicado el 13 de junio de 2014 en la sección Prisma Internacional de la Agencia PROCESO)
Las protestas, que comenzaron a las 6 de la tarde, se tornaron rápidamente violentas al chocar un grupo de anarquistas con policías antidisturbios y agentes de la Patrulla Fronteriza finlandesa. Los enfrentamientos se intensificaron a tal punto que llegó el momento en que la policía tomó la decisión de anunciar por altavoces la disolución de la manifestación, ordenando a los asistentes en repetidas ocasiones desalojar la zona.
Al escalar todavía más la violencia, las fuerzas del orden acordonaron el área y establecieron rutas de evacuación por donde los manifestantes que quedaban podían salir, luego de mostrar a los policías un documento de identidad y dejar que fueran revisadas sus pertenencias.
Sin embargo, en el lugar permaneció un contingente de 20 personas, entre ellos Pentikäinen y un exparlamentario verde, a quienes la policía advirtió por megáfono que serían arrestados si no se retiraban.
El periodista pensó que el aviso no se dirigía a él, que en ese instante estaba cumpliendo con su trabajo. De todas formas, enseñó su credencial de prensa, que portaba en un lugar visible, a un policía, quien respondió con una seña de aceptación. Pentikäinen llamó por teléfono a uno de sus colegas para comunicarle que se quedaría en el lugar de los hechos hasta que la situación concluyera.
A las 9:26 de la noche la policía detuvo a los manifestantes. Cuando el periodista quiso alejarse, también fue detenido y liberado hasta el día siguiente, pasadas las tres de la tarde. El 23 de mayo de 2007, el fiscal general de Finlandia presentó cargos penales contra Pentikäinen por haber desobedecido las órdenes de la policía.
Meses después, el 17 de diciembre, la Corte de Distrito de Helsinki lo encontró culpable de la acusación. El fallo consideró que el periodista había escuchado los llamados de la policía de salir del área, pero había decidido ignorarlos; que las órdenes de la autoridad habían sido claras en el sentido de que lo concernían también a él, y que fue arrestado porque nunca avisó o indicó que era miembro de la prensa a los agentes que lo hicieron, mientras que otros dos fotoperiodistas que sí se identificaron pudieron abandonar el lugar sin contratiempos justo antes de su detención, según la declaración de testigos.
La corte estimó que no se había impedido a Pentikäinen ejercer su trabajo como periodista, por lo que tampoco había sido violado su derecho de expresión, consagrado en la Constitución finlandesa y en el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos. Justificó que “la interferencia con el derecho del demandante a ejercer su libertad de expresión estuvo basada en la ley, y cumplió con el legítimo objetivo de prevenir el desorden”, puntualizando que la “interferencia había sido necesaria en una sociedad democrática para poner fin a una situación violenta”.
El periodista fue eximido de cualquier sanción, ya que, declaró la Corte Distrital, se entendía que Pentikäinen es periodista y como tal había tenido que enfrentarse al dilema de cumplir con las órdenes de la policía o las de su editor en la revista Suomen Kuvalehti.
Semanas después, el 23 de enero de 2008, el fotoperiodista llevó su caso a la Corte de Apelaciones de Helsinki. Pidió que le fueran retirados los cargos en su contra, puesto que su arresto y sentencia de culpabilidad iban contra la Constitución nacional y el artículo 10 de la Convención Europea de Derechos Humanos sobre libertad de expresión y de información. Además, argumentó que él no había participado en las protestas ni había causado ningún desorden; que estaba ahí como periodista, y que la Corte de Distrito no había explicado el por qué su arresto y condena “eran necesarios en una sociedad democrática”, por lo que no había podido justificar la acción de “interferencia” a sus derechos.
La Corte de Apelaciones rechazó el recurso el 30 de abril de 2009 sin dar más explicaciones. El afectado llevó entonces su caso a la Suprema Corte de su país, que repitió la respuesta el 1 de septiembre de 2009, tras lo cual decidió presentar una reclamación contra el Estado finlandés ante la Corte Europea de Derechos Humanos (CEDH), la máxima instancia judicial en la materia en Europa al ser la institución garante del cumplimiento de la Convención Europea de Derechos Humanos.
“Es imposible aceptar la idea de que cualquier funcionario público tenga el derecho de impedir a los medios de comunicación dar seguimiento a un acontecimiento o hecho, y así influir en el reporteo independiente y la evaluación de las acciones de los cargos públicos”, señaló Tapani Ruokanen, el editor en jefe del semanario Suomen Kuvalehti, poco antes de que Pentikäinen introdujera su demanda ante la CEDH, el 19 de febrero de 2010.
Restricción “limitada”
El fallo de la CEDH tuvo lugar el 4 de febrero pasado, confirmando la sentencia de la justicia finlandesa: Pentikäinen había sido víctima de una restricción a su libertad de expresión, pero como aquella era “legal”, debido a que perseguía “propósitos legítimos como la protección de la seguridad pública y la prevención del desorden y el crimen”, y era además “necesaria en una sociedad democrática”, no había violación a la Convención Europea de Derechos Humanos.
Los jueces de la CEDH refirieron que al periodista no se le había prohibido tomar fotografías de la manifestación y que su equipo no había sido jamás confiscado, y que tampoco se le había impedido cubrir los hechos, en los que la presencia de los medios, se expone, estaba justificada por tratarse de un evento de interés público. Su arresto, precisó el fallo, se debió a que ignoró las advertencias policiacas para desalojar el área, y subrayó que había otra zona de seguridad que había sido reservada para la prensa.
La sentencia también planteaba las dudas que prevalecían en torno a si Pentikäinen había sido lo suficientemente claro con los policías que lo arrestaron de informar que era periodista, aunque igualmente los jueces juzgaron que el hecho de serlo no le daba más derecho a permanecer en el lugar del incidente que las demás personas.
El punto 48 del fallo explica: “La Corte nota que el demandante fue detenido por cerca de 18 horas. Como sostiene el gobierno (finlandés), la duración de la detención se explica principalmente por el hecho de que el demandante fue detenido entrada la noche y que la ley finlandesa prohíbe los interrogatorios entre las 10 de la noche y las 7 de la mañana.
“Por otro lado, la Corte nota que 121 personas fueron arrestadas y detenidas debido a la manifestación y que este hecho también pudo haber retrasado la liberación del demandante. Como sea, al día siguiente el demandante fue uno de los primeros en ser liberado dado su estatus de periodista”.
La CEDH dictaminó que las restricciones al ejercicio de la libertad de expresión de Pentikäinen habían sido “limitadas”, dadas las “oportunidades” para reportear el evento “adecuadamente”, e insiste en que el afectado no fue detenido por ser periodista sino por haberse rehusado a obedecer las instrucciones de la policía de desalojar el área, una restricción a sus derechos “necesaria en una sociedad democrática”.
Cinco jueces sostuvieron esa decisión: la juez letona y presidenta de la sala Ineta Ziemele, el finlandés Päivi Hirvelä, el albanés Ledi Bianku, el controvertido juez británico Paul Mahoney, y el bosnio Faris Vehabovic. Pero otros dos jueces votaron en contra y emitieron una opinión de disenso: el maltés Vincent A. De Gaetano y su colega chipriota George Nicolaou.
Disenso y apelación
Tales jueces hacen notar que los tribunales finlandeses jamás dijeron algo en relación a que “el arresto y la detención del periodista fueron equivocados o innecesarios, y en consecuencia el demandante fue procesado, enjuiciado y condenado por un delito criminal. En opinión de la ley finlandesa –prosiguen–, todo ello fue correcto y apropiado y bien merecido, pero por otro lado el demandante no enfrentaría mayores consecuencias porque el delito fue perdonado: la mayoría se contentó con esa decisión”.
Argumentan que disienten de los otros jueces porque durante las manifestaciones pacíficas, la función del periodista es esencialmente la de juntar y transmitir información, pero cuando la violencia irrumpe en ellas “las autoridades imponen medidas asfixiantes de control y el periodista asume el papel de vigilante público y su tarea entonces adquiere un mayor significado”.
Abundan en que el periodista “tiene el derecho de estar en el meollo del asunto hasta el final, a veces poniendo en riesgo su propia vida”, y que así lo hace porque “en una sociedad democrática el público tiene el derecho a saber lo que sucede en tales momentos difíciles, un derecho que forma parte de “las salvaguardas básicas de la democracia”.
Su argumentación continúa: “No pasa un día sin que no tomemos conciencia, de una manera o de otra, de la necesidad de la libertad de prensa para cumplir ese papel. La opinión de la corte finlandesa en el sentido de que el demandante se enfrentaba inevitablemente a un dilema de lealtad, y que ese dilema podía resolverse dándole prioridad a la ley, se aleja por mucho del punto central: en mi respetable opinión, no refleja la verdadera naturaleza de la situación en la cual se encontraba el demandante. Él no era uno de los manifestantes. Era un periodista-fotógrafo cubriendo lo que el propio gobierno (finlandés) ha descrito como un evento de considerable importancia pública”.
Nicolaou y De Gaetano acusan a las autoridades finlandesas de defender una “actitud unilateral” cuya finalidad es crear “un efecto desmoralizador en el principio de la libertad de prensa”.
Organizaciones como la Federación Internacional de Periodistas o el Instituto Internacional de la Prensa (IPI, por sus siglas en inglés) protestaron contra el fallo de la CEDH. Esta última organización calificó de “desconcertante” dicha sentencia “desde la perspectiva de la libertad de expresión”, criticando además el trabajo de la policía finlandesa en los hechos.
El Comité Nacional Finlandés del IPI explicó que Pentikäinen era identificable como representante de la prensa: “La gente tiene derecho a saber las acciones de las autoridades contra los ciudadanos, y la prensa tiene la responsabilidad de reportarlos. En el peor de los casos, el fallo de la CEDH podría restringir severamente la libertad de los medios (europeos) para reportear las manifestaciones”.
Inesperadamente, el 2 de junio pasado los cinco jueces de la Gran Sala de la CEDH anunciaron su decisión de arbitrar en el caso. El abogado de la unión de periodistas finlandeses, Jussi Salokangas, quien asistió a Pentikäinen en su defensa, calificó de “excepcional” el hecho de que la CEDH concediera esa posibilidad de apelación. “Esto significa que la CEDH considera este caso un importante precedente. La Gran Sala dará al caso un tratamiento apropiado”, concluyó el litigante.