Bruselas (apro).- El Consejo de la Unión Europea adoptó hoy el documento final con el que autoriza a Europol negociar un acuerdo de intercambio de información con el gobierno de México, con lo que se da por concluido el procedimiento legal europeo que comenzó hace dos años y medio.
[pullquote]Nota informativa publicada el 6 de mayo de 2014 en la Agencia PROCESO[/pullquote]El Consejo de la UE, que es el órgano de decisión conjunta de los 28 gobiernos asociados al bloque, aprobó por acuerdo previo la Decisión de Implementación del Consejo para enmendar la Decisión 2009/935/JHA relativa a la lista de terceros países y organizaciones con los que Europol puede concluir acuerdos.
La decisión adoptada, cuya copia obtuvo esta agencia, establece que “en el punto 1 del Anexo a la Decisión 2009/935/JHA las siguientes entradas son incorporadas: Brasil, Georgia, México y Emiratos Árabes Unidos”, y que ésta entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la UE.
El 4 de octubre de 2012 el Consejo de Administración de Europol decidió recomendar al Consejo de la UE agregar a ciertos países, entre ellos a México, a la mencionada lista, con el argumento de “necesidades operativas” para concluir con ellos distintas clases de acuerdos.
El 19 de diciembre de 2012 el Consejo decidió consultar al Parlamento Europeo, que el 20 de noviembre de 2013 votó contra la extensión del listado, entre otras razones por la falta de garantías de esos países en la protección de los datos confidenciales.
De acuerdo con las reglas internas de Europol, sus convenios con terceros países “podrán referirse al intercambio de información operativa, estratégica y técnica, incluidos los datos personales y la información clasificada”, y dicho material “se transmitirá a través de un punto de contacto designado que figure en el acuerdo”.
En caso de que se considere la celebración de un acuerdo de tipo operativo (que en el intercambio de información se incluyan los datos personales), Europol “llevará a cabo una evaluación de la existencia de un nivel adecuado de protección de datos” de su contraparte, la cual remitirá al Consejo de Administración de la agencia.
Con base en el resultado de tal evaluación y el dictamen de la Autoridad común de control (un órgano independiente de Europol que supervisa que el tratamiento de la información no vulnera los derechos de las personas), el Consejo de Administración decidirá si su director entabla negociaciones con el país tercero. En caso de una decisión negativa, se puede estudiar la posibilidad de celebrar sólo un acuerdo de nivel “estratégico” (se excluyen los datos personales en el intercambio informativo).
Europol “sólo autorizará la transmisión de información clasificada en la medida en que exista un acuerdo sobre confidencialidad” con su contraparte, señala el reglamento.
Como lo reportó Apro, un “estudio de viabilidad de caso” elaborado por Europol en 2012 expone que a la agencia policiaca europea le interesa obtener información relativa a las operaciones del crimen organizado, principalmente del narcotráfico, y del movimiento anarquista radical en México, entre otros asuntos.